Expediente No. 593-2013, 595-2013 y 598-2013

Sentencia de Casación del 28/05/2014

"…quedó acreditada la pertenencia de los procesados (…) en el grupo delincuencial, la temporalidad de la asociación (período previo al siete de junio de dos mil once y veinte de noviembre del mismo año), el nivel jerárquico que ostentaban (enlace, coordinación y colaboración con los demás integrantes; y dirección o relación de poder sobre los otros participantes, respectivamente), y el fin de la asociación criminal (cometer delitos de los regulados en los incisos a] y h] de la Ley contra la Delincuencia Organizada).
De tal cuenta que, no queda duda sobre la responsabilidad de los procesados (…) en la comisión del delito de asociación ilícita, y por lo mismo este Tribunal de Casación confirma la calificación jurídica efectuada por el a quo y avalada por el ad quem.
A los procesados se les atribuyó, además de la asociación ilícita, los delitos de comercio, tráfico y almacenamiento ilícito; y tráfico ilícito de armas de fuego o municiones, pero por la propia especialidad de los elementos de dichos tipos, no puede considerarse que un mismo hecho (conformar una asociación ilícita), provoque varias infracciones a la ley penal ni los dos delitos específicos requieren formas especiales de organización para su ejecución (…) El hecho de haber sido acreditada la asociación ilícita, no es suficiente para vincularlos con la comisión de los otros delitos imputados (…) este tribunal de casación encuentra duda razonable en cuanto a la participación de los procesados (…) y (…), en la comisión de los delitos de comercio, tráfico y almacenamiento ilícito; y tráfico ilícito de armas de fuego o municiones, y por ende también en la relación causal entre los hechos referidos y la descripción típica contenida en los artículos 38 de la Ley contra la Narcoactividad y 120 de la Ley de Armas y Municiones. Por lo que, en aplicación del principio indubio pro reo, debe absolvérseles por dichos ilícitos y únicamente se mantiene la condena por el delito de asociación ilícita…"